Los grupos políticos con representación parlamentaria han registrado en la Cámara Autonómica una Proposición de Ley de Sucesión Paccionada o Contractual de las Islas Baleares, elaborada por el Consejo Asesor de Derecho Civil de las Illes Balears, para dar respuesta a la realidad jurídica y social de la Comunidad Autónoma, como es el progresivo interés en la celebración de pactos sucesorios.
Los pactos o contratos sucesorios (donación universal de bienes presentes y futuros, definición, finiquito, etc.) son figuras jurídicas propias del Derecho civil de las Illes, de ámbito sucesorio, que se ha disparado en los últimos años debido a su baja tributación.
Hacienda ya detectó en 2021 un aumento de la venta de bienes heredados a través de los denominados pactos sucesorios, lo que atribuía a un fraude para evitar el pago del IRPF. Una sentencia del Tribunal Supremo equiparó en 2016 la tributación de las herencias en vida de las islas al uno por ciento que pagan las herencias por causa de muerte en las Illes Balears y, desde aquel momento, se han disparado de las 30 que se hicieron en 2014, a 812 en 2015, 2.040 en 2016, 3.999 en 2019 y 4.198 en 2020.
En el texto de la proposición de ley se explica que el considerable aumento en los últimos años del uso de los negocios jurídicos de sucesión paccionada o contractual para ordenar y planificar en vida la sucesión, el aumento de la esperanza de vida y las actuales estructuras familiares han provocado este “resurgimiento” de estas instituciones con amplia tradición jurídica en las Illes ya que se trata de “instituciones que tienen sus especialidades para cada isla, que se encuentran en la Compilación y que también quedan reflejadas en esta Ley con una regulación diferente por isla”.
Por ello, la estructura de la ley propuesta sigue el criterio de separar la regulación de los pactos en dos títulos distintos, en función de la aplicabilidad por islas, tal como hace la Compilación balear. Por un lado, Mallorca y Menorca, y por otro, Ibiza y Formentera.
Sin entrar ahora en el desarrollo técnico jurídico de estas figuras sucesorias, destacamos como una de las claves de la nueva ley de “herencias en vida” (técnicamente, pactos sucesorios o sucesión paccionada) de las Illes Balears es su apuesta por establecer unos criterios claros a la hora de regular esta figura jurídica y evitar confusiones cuando se lleva a la práctica, especialmente frente a la diversidad legislativa existente en todo el Estado, puesto que, por el incremento de las relaciones internacionales con implicaciones en el tema hereditario, no se puede obviar que las personas extranjeras residentes en las Illes Balears también tienen reconocida la posibilidad de utilizarla.
El Consejo Asesor de Derecho Civil de las Islas Baleares , redactor de esta propuesta de ley, es el órgano permanente de consulta y asesoramiento del Parlamento y del Gobierno de las Illes Balears en materia de Derecho Civil en la comunidad autónoma. Por ello, una de sus funciones es elaborar propuestas legales en cuestiones que consideran de especial relevancia para el derecho foral, y es precisamente esta Proposición de Ley, firmada, conjuntamente, por todos los grupos que tienen representación en la cámara balear, responde a este cometido.
Nos sentimos orgullosos de la labor de Francesca Llodrá Grimalt, la Abogada Of Counsel de nuestro despacho, quien es vocal del Consejo Asesor de Derecho Civil de las Illes Balears y, por ello, coautora de la Proposición de Ley balear de Sucesión Paccionada o Contractual.