El registro horario obligatorio es una parte esencial de la normativa laboral en España. Los empleadores deben entender la importancia de mantener este registro y su relevancia en casos de horas extras.
El Estatuto de los Trabajadores establece la obligatoriedad del registro horario obligatorio en las empresas, lo que también afecta a la forma en que se abordan las reclamaciones de horas extras sin registro de acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores. Este registro debe contener información detallada sobre el inicio y finalización de la jornada laboral de cada empleado.
Sin embargo, surge una pregunta crucial: ¿cómo abordar las reclamaciones de horas extras sin registro si la empresa no ha mantenido este registro, que constituiría la prueba de la realización de dichas horas adicionales?
El Desafío de las Horas Extras sin Registro Horario
Recientemente, un juzgado de lo social y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña abordaron esta cuestión de manera diferente en una sentencia emitida el 26 de junio de 2023, revocando la decisión de primera instancia.
Juzgado de lo Social – Un Veredicto Controvertido
El juzgado de lo Social desestimó la solicitud del trabajador de recibir el pago de las horas extras, argumentando que la falta de registro horario obligatorio por parte de la empresa impedía demostrar la realización de estas horas adicionales.
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña – Cambio de Rumbo
Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revocó esta sentencia al resolver el recurso de suplicación del trabajador. Sostuvo que la omisión del empresario en registrar diariamente la jornada laboral no puede beneficiarle cuando se trata de reclamar el pago de horas extras sin registro. No se puede imponer al trabajador la carga de probar la realización de las horas extras, dada la ausencia del registro horario obligatorio debido al incumplimiento empresarial.
La Inversión de la Carga de la Prueba
Con la nueva regulación que obliga a las empresas a mantener un registro diario de jornada, cuando se requiere la presentación de dicho registro en un proceso judicial para respaldar las horas extras solicitadas por el trabajador demandante y la empresa se niega a proporcionar este medio de prueba, se invierte la carga de la prueba. La empresa demandada tiene la obligación de demostrar que la jornada no excede la ordinaria.
Conclusión
En este caso, el trabajador solicitó la aportación del registro como prueba documental y la comparecencia del demandado para su interrogatorio. Al no comparecer el empleador sin causa justificada ni proporcionar la documentación del registro horario obligatorio, se considera acreditada la realización de las horas extras, y la empresa es condenada a pagarlas, incrementadas en un 10% de interés por mora.