Fruto de la incontrolable vorágine normativa, tanto a nivel nacional como internacional que regulan cada una en sus ámbitos materias comunes, en no poca ocasiones se suscita un conflicto o choque entre dichas normas; Al respecto, hay que señalar que siguiendo la actual corriente doctrinal del Tribunal Supremo, el alto tribunal sostiene, que no es suficiente una incompatibilidad entre una norma de carácter Nacional respecto de otra norma de carácter Comunitario, exigiéndose para ello, que dicha incompatibilidad revista una especial intensidad a los efectos valorativos o interpretativos y que la doten de un alto componente de cuestionabilidad, de tal manera que la parte perjudicada o agraviada no tenga el deber jurídico de soportar el daño causado por la norma infractora en cuestión.
